Te informamos que continúa vigente la reducción de jornada en verano que el Plan concilia recoge:

 

5.4. Horario de verano.

En el período comprendido entre los días 16 de junio y 31 de agosto, ambos inclusive, por exceso de dedicación anual, el personal puede reducirse la jornada laboral 30 horas, a razón de una hora diaria.

El personal que opta por no reducirse la jornada laboral, puede acumular las citadas horas en jornadas completas que utilizará a lo largo del año.

 

Así pues, y basándonos en la redacción del plan concilia, el personal tiene la libertad de decidir sobre la jornada de verano, bien puede optar por una reducción de ésta o por la acumulación de horas en jornadas completas.

Decidir es tu derecho, y por tanto nadie puede imponerte ni recomendarte ninguna opción.

Estamos a tu disposición para cualquier consulta.