La ley 10/2010, de 9 de julio, de Ordenación y Gestión de la Función Pública Valenciana, define a su artículo 115 tres modalidades de promoción interna:

  • Vertical, para acceder a una categoría, cuerpo o escala del grupo o subgrupo inmediatamente superior, dentro de un itinerario profesional. Un ejemplo clarificador en la UPV de itinerario profesional puede ser Especialista técnico de laboratorio – Técnico medio de laboratorio – Técnico superior de laboratorio.
  • Horizontal, para acceder a otra categoría, cuerpo o escala de la misma clasificación profesional, correspondiente a otro itinerario profesional.
  • Mixta, para acceder a una categoría, cuerpo o escala del grupo o subgrupo inmediatamente superior, correspondiente a otro itinerario profesional.

Después, en el artículo 119, establece que los procedimientos selectivos que se convoquen por el turno de promoción interna tienen que estar abiertos en todo caso a cualquier de las modalidades anteriores.

La disposición final tercera de esta ley fija la entrada en vigor del Título VIII, al cual pertenecen estos dos artículos, a la entrada en vigor de las disposiciones reglamentarías que lo desarrollan, lo que se produjo el pasado enero con la entrada en vigor del decreto 3/2017, de 13 de enero.

Por lo tanto, las convocatorias de promoción interna que está publicando la UPV no se ajustan a la legislación vigente, de lo que ya ha sido informada la administración mediante una reunión entre representantes de STEPV-Iv y la Directora de Área de Recursos Humanos.

La administración no quiere rectificar, y justifica la restricción de las convocatorias en acuerdos de la mesa negociadora. STEPV-Iv mantiene que en ninguna reunión de la mesa negociadora se abordó el tema de las modalidades, entre otras cosas, porque la negociación de estas convocatorias se hizo antes de que entrará en vigor esta norma y, además, ningún acuerdo puede recortar derechos reconocidos en disposiciones de rango superior.

Las convocatorias publicadas son las siguientes:

PROMOCIÓN PUEDE PARTICIPAR CUALQUIER PERSONA FUNCIONARIA DE CARRERA CON UNA ANTIGÚEDAD MÍNIMA DE 2 AÑOS EN


Analistas El del grupo A1 o A2 con titulación de grado, licenciatura, ingeniería, arquitectura o equivalente


Facultativos de archivos, bibliotecas o museos El grupo A1 o A2 con titulación de grado, licenciatura, ingeniería, arquitectura o equivalente


Ayudantes de archivos, bibliotecas o museos El grupo A2 o C1 con titulación de grado, diplomatura, ingeniería técnica, arquitectura técnica o equivalente


Administrativo El grupo C1 o C2 con titulación de bachiller, técnico, o que haya superado la prueba de acceso a la Universitat para mayores de 25 años, o equivalente


Técnico medio de gestión administrativa El grupo A2 o C1 con titulación de grado, diplomatura, ingeniería técnica, arquitectura técnica o equivalente; y un nivel de inglés equivalente al B2


Técnico superior de programas de intercambio internacional El grupo A1 o A2 con titulación de grado, licenciatura, ingeniería, arquitectura o equivalente; y un nivel de inglés equivalente al B2

Si estás interesado o interesada en presentarte a alguna de estas promociones, pero la convocatoria no te lo permite, contacta con nosotros, en el correo stepv@upv.es o en las extensiones 77046 o 79149. STEPV-Iv dará asesoramiento legal a las personas interesadas que quieran presentar recurso.

Porque los derechos no se negocian, se defienden.