Como ya os habíamos contado, la administración ha creado unas plazas no incluidas en la Relación de Puestos de Trabajo para moverlas a aquella unidad, servicio, escuela o departamento donde haya puestos de trabajo de nivel 19 o 21 no cubiertos por personal funcionario, y amortizarlas más adelante, por eso las denomina vacantes no permanentes.

STEPV no encuentra base legal que permita esta actuación de la administración y nuestros servicios jurídicos están preparando un recurso a la creación de estas plazas.

La administración considera estas plazas iguales a las vacantes incluidas en la RPT. Por tanto, si te llaman para ofrecerte una de estas vacantes (no permanentes) y dices que no, se aplica la normativa de bolsas y no te vuelven a ofrecer otra vacante (permanente) hasta que no finalices tu actual nombramiento. Ahora bien, si aceptas también se aplica la normativa de bolsas, y no te vuelven a ofrecer otra vacante (permanente) hasta que no amorticen la no permanente.

Es decir, si te llaman para ofrecerte una vacante no permanente, ya te han fastidiado sí o sí.

La administración argumenta que, con “la inminente” convocatoria de concursos, estas plazas ofrecen más continuidad que las actuales sustituciones.

Pero según el análisis de STEPV, cuando finalicen los concursos, las personas que están en comisión de servicios obtendráncon mucha probabilidaduna plaza con un nivel superior. Esto provocará el cese de las personas que las sustituyen actualmente y la consecuente oferta de nuevas vacantes (las que acaban de dejar las personas que ganan plaza en el concurso).

En ese momento, volverán a llamar a la gente que ha cesadopero no a la que ocupe una vacante no permanente, porque las consideran vacantes.

Si te hemos dejado con más dudas, contacta con nosotros en el e-mail stepv@upv.es o en las extensiones 77046 y 79149.

Parecía complicado que la versión 2 de la gestión de plantillas superara el caos de la primera versión, pero ha empezado con fuerza y a estas alturas le vemos posibilidades de conseguirlo.