STEPV convoca una asamblea virtual el 12 de julio a las 18.00

Si algo ha reiterado el TJUE a lo largo de estos años, es que, ni las oposiciones masivas ni las indemnizaciones son la solución adecuada, porque no significan ninguna sanción disuasoria para la administración infractora, ni ninguna compensación para el personal que ha estado en fraude de ley.

Aún así, el ministro Iceta, en connivencia con los sindicatos CCOO, UGT y CSIF, nos ofrece lo mismo: más oposiciones masivas, e indemnizaciones si pierdes el puesto de trabajo.

En qué consiste el acuerdo

Si no quieres incendios, tala los árboles.

Para acabar con la interinidad de larga duración, el personal interino será despedido a los tres años, si no está convocada la cobertura reglamentaria o ésta ha quedado desierta.

Los puestos de trabajo no podrán ser cubiertos por otra persona interina.

De esta forma ni se protege a las personas empleadas públicas, ni el servicio que se presta a la ciudadanía.

Indemnizaciones con muchos peros

Se declara el derecho a percibir una indemnización, pero:

  • Sólo por el último nombramiento que hayas tenido
  • Te descontarán la indemnización por finalización de contrato, si te corresponde
  • Hasta 18 años y 2 meses, el resto de tiempo no tiene compensación
  • Si pasados los 3 años, te mantienen el nombramiento hasta la resolución del proceso selectivo, porque éste ya se ha convocado, pierdes el derecho a la indemnización.

Consecuencias desiguales de los incumplimientos

Si a los tres años no se ha convocado la cobertura de la plaza:

  • Las administraciones públicas pierden la posibilidad de cubrirla con personal interino
  • Los responsables de estas administraciones pueden incurrir en responsabilidad conforme a las normativas vigentes, que obviamente, no tipifican esta responsabilidad todavía (y ya veremos si lo hacen en algún momento).
  • Pierdes el puesto de trabajo

Plan de estabilización: más de lo mismo

Se vuelve a crear un proceso de estabilización como el que están ejecutando ahora algunas administraciones. Se estabilizan puestos y no personas.

El nuevo acuerdo deja claro que se trata de convocatorias de concurso-oposición, en las que el concurso cuenta el 40% de la valoración final con un peso mayoritario de la experiencia. Pero, a diferencia de los procesos actuales, ya no hace ninguna mención al tiempo de servicio prestado en la administración convocante, sino en el cuerpo, escala o categoría. Lo que supones un grave paso atrás, si lo comparamos con las convocatorias actuales. Otra bofetada al personal interino. Este acuerdo olvida la posibilidad de convocar concursos de selección restringidos; una posibilidad recogida en el EBEP (artículo 61.6)

Convocamos asamblea

De todas estas cuestiones y de las posibles respuestas que plantea STEPV hablaremos en la asamblea de personal interino de las universidades públicas valencianas que convocamos el lunes 12 de julio a las 18 horas

Puedes unirte haciendo clic en este link:

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O también desde tu teléfono si és compatible, pulsando un de los números rápidos: +34 932 75 1230, 34932751230, 840791237#, con el código de acceso: 840-791-237