La negociación del convenio colectivo (somos la única comunidad autónoma que aún no tiene un convenio que acoja a todo el personal laboral) avanza muy lentamente.

En la reunión del 28 de junio se trataron varias figuras contractuales de PDI.

Respecto al profesorado ayudante doctor que tiene que pasar a profesorado contratado doctor interino por la tasa de reposición, las Universidades mantienen el doble proceso selectivo para este colectivo, uno al pasar a ser interino y otro para la cobertura definitiva, STEPV-Iv continúa defendiendo que hay que encontrar una solución para conseguir que sólo pasan un proceso selectivo, como el resto del PDI; y plateó que si el profesorado emérito se puede contratar directamente porque así lo dicen los estatutos de las universidades, no la LOU ni el decreto 174/2002, el profesorado contratado doctor interino también se podría contratar directamente si lo dijera el convenio que estamos negociado.

Aunque se habló bastante del tema, se aplazó este artículo por más adelante.

La directora general de universidades hizo la reflexión que se quitara esta disposición para no “institucionalizar” esta figura. Pero los sindicatos le expusimos que queríamos garantizar los derechos de los afectados mientras no haya otra solución.

En cuanto al profesorado asociado, las universidades quieren contratación trimestral, semestral o anual, mientras los sindicatos no queremos la contratación trimestral porque las asignaturas son semestrales o anuales; también quieren que las necesidades docentes sobrevenidas sean cubiertas por profesorado asociado, mientras los sindicatos quieren que estas necesidades se cubran por profesorado sustituto (una nueva figura); por último los sindicatos defienden que la redacción recoja la obligación de motivar la no renovación y establecer unos criterios específicos en cada universidad, y las universidades son reticentes a incluirla.

En la mesa se aplazó el artículo, a pesar de que se trató bastante tiempo. Durante el debate STEPV-Iv tuvo que recordar que se trata de personal de reconocido prestigio que desarrolla su actividad principal fuera de la universidad, y no de mano de obra barata.

En cuanto al profesorado contratado sustituto se hizo patente que el artículo no recogía las reducciones de jornadas ni la docencia sobrevenida, ni tampoco la posibilidad de acumulación de varías reducciones en un contrato. La propuesta tampoco fija los criterios para poder optar (titulación), así que parece que a un catedrático lo tenga que sustituir alguna persona acreditada a catedrático.

Este artículo también se aplazó para más adelante.

No se trataron por falta de tiempo las figuras de personal investigador, de apoyo a la investigación, ni del PAS.

Las propuestas de las universidades van bien encaminadas, pero todavía falta concretar mucho. Se pretende igualar el contrato post-doctoral de acceso al Sistema Español de la Ciencia, Tecnología e Innovación con un contrato en prácticas, lo que no es aceptable para los sindicatos; y respecto a los contratos que se subscribirán por las modalidades del Estatuto de los trabajadores (obra y servicio principalmente) recogen figuras de investigador en formación, investigador junior, e investigador senior, lo que gusta a los sindicatos, pero no hay concreciones de régimen de dedicación, duración, etc…

Respecto a las categorías del PAS laboral, STEPV defiende que hay que comenzar un nuevo proceso de funcionarización en la UVEG, única universidad donde no se produjo en todos los cuerpos.

En seguridad y salud laboral, hay acuerdo en todo el texto excepto en la periodicidad de las revisiones médicas.

Las universidades anunciaron el envío inminente de sus contrapropuestas de los capítulos:

Capítulo VII: Selección del personal

Capítulo XI: Estabilidad laboral y promoción profesional

Capítulo XIII: Extinción y suspensión del contrato de trabajo

Capítulo XIV: Absentismo

Capítulo XV: Jubilación

Capítulo XVI: Asistencia y acción social

Capítulo XVII: Igualdad entre mujeres y hombres

Os seguiremos informante.