Desde STEPV informamos que, a pesar del acuerdo de reciprocidad entre las universidades valencianas y la Generalitat, por primera vez la GVA no reconoce la carrera profesional a una persona funcionaria de carrera que ha obtenido una plaza en calidad de interina. Se le deniega el reconocimiento de la carrera profesional porque no ha conseguido la plaza a través de la movilidad interadministrativa: según los artículos 107 a 130 de la ley de la Función Pública Valenciana, y el articulado del título III del decreto 3/2017 de 13 de enero, son el con! curso, la libre designación, la comisión de servicio, la adscripción provisional, la permuta, la reasignación de efectivos y la adscripción temporal.

Esta persona tendrá que valorar si presenta una reclamación al contencioso-administrativo en vista de que en otras ocasiones en la misma situación la Generalitat ha reconocido el tiempo trabajado para la carrera profesional.

Adjuntamos el acuerdo de reciprocidad entre la UPV y la GVA que trata la movilidad y el reconocimiento de los servicios prestados.

Como sindicato, nos sentimos obligados de comunicar sobre esta nueva situación en que la Generalitat puede no reconocer la carrera profesional al personal que se traslade de manera interina, puesto que es importante disponer de toda la información para poder decidir.

Para cualquier duda o sugerencia, puedes contactar con nosotros.