Desde enero de 2016, STEPV-Iv viene recurriendo diversos nombramientos de personal funcionario interino que se han realizado en puestos vacantes, sin seguir el procedimiento establecido en la normativa de bolsas de trabajo de la UPV.

El apartado 7.2 de dicha normativa establece que Cuando se trate de nombramiento de interinidad para cubrir puestos vacantes, se ofrecerá a la primera persona que no haya obtenido un nombramiento por este motivo”.

La práctica del Servicio de Recursos Humanos era la siguiente:

  • Se nombraba a la persona correspondiente de la bolsa como funcionario o funcionaria por sustitución (enfermedad, comisión de servicios, etc.)
  • Cuando finalizaba la sustitución, por ejemplo, por jubilación del titular del puesto, o porque obtuviera otro puesto por concurso, el puesto quedaba vacante.
  • La administración, en lugar de realizar el cese por finalización de la sustitución y el correspondiente nombramiento en vacante a la persona correspondiente, realizaba una resolución “manteniendo” a la misma persona en el puesto.

STEPV-Iv entendió que estas resoluciones de “mantenimiento”, con toda su narrativa, no eran más que nombramientos en vacante, sin seguir el procedimiento establecido en la normativa. Esta actuación ha sido generalizada en el último año, ha afectado a diversas bolsas de trabajo y ha perjudicado tanto a los derechos de las personas a las que les correspondía el nombramiento por vacante como a la seguridad jurídica de las personas mantenidas en los puestos.

Tras múltiples recursos tanto por parte de STEPV-Iv como de las personas interesadas, el Rector ya ha resuelto uno de ellos declarando la nulidad del nombramiento. Como consecuencia de esta resolución, el Servicio de Recursos Humanos ha cambiado el criterio, dejando de hacer este tipo de nombramientos y llamando a quien corresponde en la bolsa, iniciando este cambio con los movimientos del pasado 16 de febrero en la bolsa de trabajo de administrativos donde, para evitar más agravios y reclamaciones, se realizaron nombramientos por vacante en puestos que hasta entonces, a pesar de las peticiones de centros y servicios, no se consideraba necesario cubrir.

La consecuencia de este trabajo es que hay muchas más personas de la bolsa trabajando y en mejores condiciones, pues se han incrementado los nombramientos por vacante.

La razón sólo tiene un recorrido, y aunque el camino sea duro y solitario, al final la verdad se hace evidente y la justicia deviene inevitable. Es la coherencia y el tesón lo que hace a la tozudez rendirse a lo obvio. Ahora sólo falta que alguien, de verdad, asuma su responsabilidad.

Desde STEPV-Iv seguiremos trabajando por cumplimiento de la normativa, que es la garantía de los derechos de las personas que forman parte de las bolsas, y exigiendo que cada nombramiento se realice en la forma en que la ley prevé para cada una de las situaciones.

Si conocéis alguna situación que pudiera ser irregular, os animamos a comunicárnosla para que realicemos las averiguaciones correspondientes y en su caso, exijamos el cumplimiento de la normativa.