Cuestión:

Subida retributiva complementaria del 0,5% vinculada al PIB del año 2023 que se hará efectiva con carácter retroactivo en el año 2024.

Duda planteada en la última sesión del Consejo de Gobierno:

¿En que año deberá declararse el importe correspondiente?

Respuesta:

Realizada la consulta a la Secretaría General, nos informan que siguiendo el criterio expresado por la Agencia Estatal de la Administración Tributaria (AEAT):

El importe correspondiente debe declararse como un rendimiento del ejercicio 2024, al tratarse de una percepción cuyo derecho se genera por una normativa aprobada en dicho año.