Además, se nos informa de que las llamadas eran para consultar disponibilidad sobre una posible vacante, sin ofrecimiento en firme, encontrándose muchas personas en la situación de tener que decidir en un momento y organizar su vida sobre una “posibilidad”.
Los criterios generales de gestión de las bolsas de trabajo de la UPV establecen un plazo de 48 horas para la aceptación o rechazo de la oferta, por lo que entendemos que las personas a las que se les han realizado estos llamamientos no pudieron tomar la decisión de aceptar o rechazar la oferta con las garantías que establece la normativa.
STEPV-Iv considera que la falta de planificación del Servicio de Recursos Humanos, que sabía desde hace más de un mes que la circunstancia se iba a producir el día 16 de febrero, y que estaba pendiente de reunirse con las organizaciones sindicales para informar sobre los criterios que estaba utilizando en la gestión de bolsas de trabajo desde el mes de septiembre, no puede menoscabar las garantías de las trabajadoras y trabajadores integrantes de las bolsas de trabajo.
Por ello entendemos que, en estas condiciones, no debe penalizarse en la bolsa de trabajo a ninguna de las personas que rechazaron el nombramiento en esta tanda de llamamientos, sin perjuicio de atender a las eventuales reclamaciones que pudieran interponer las personas interesadas por la gestión de estos llamamientos.
Y así se lo hemos solicitado a la jefa del servicio de recursos humanos, en un escrito presentado en registro general.