Ayer 23 de mayo se reunió la Mesa de negociación de Función Pública de la Generalitat con objeto de informar sobre la ejecución de la Sentencia que anula los artículos del decreto de carrera profesional que discriminan al personal interino.

La Dirección general de Función Pública manifestó su intención de ceñirse a la redacción literal de la sentencia, porque intentan no crear más agravios. Nada sobre el espíritu de la Directiva 99/70 de no discriminación al personal interino.

La modificación establecerá que el reconocimiento en la carrera profesional horizontal será al personal funcionario de carrera y al personal funcionario interino de larga duración, es decir, quién se encuentre en el mismo puesto (número de plaza) con anterioridad al uno de enero de 2015. Solamente cobrará a partir de estar cinco años en el puesto, y sólo mientras que ocupe el mismo puesto de trabajo irá cobrando la cantidad que le corresponda según los años y si cumple los requisitos. En la Generalitat, los efectos económicos serán a partir del uno de enero de 2015 y si no falla demasiado la previsión, el momento para pedirlo será para finales de este año.

Para STEPV-Iv esta interpretación es inaceptable y contraria al derecho europeo, y esta nueva versión que preparan sólo hará que las heridas vuelven a sangrar. Por lo tanto, Intersindical Valenciana continuará su lucha para conseguir una carrera profesional para todas y todos.