{"id":23410,"date":"2026-07-23T09:55:03","date_gmt":"2026-07-23T07:55:03","guid":{"rendered":"https:\/\/www.stepv.upv.es\/?p=23410"},"modified":"2026-07-23T09:57:30","modified_gmt":"2026-07-23T07:57:30","slug":"la-upv-presumeix-dinvestigacio-mentre-esprem-al-seu-personal","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.stepv.upv.es\/es\/la-upv-presumeix-dinvestigacio-mentre-esprem-al-seu-personal\/","title":{"rendered":"La UPV presume de investigaci\u00f3n mientras exprime a su personal"},"content":{"rendered":"<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Cuando hablamos de precariedad en la Universidad, hablamos del PTGAS laboral temporal, (personal de apoyo a la investigaci\u00f3n). Se trata de un colectivo que desempe\u00f1a funciones comparables a las del personal funcionario, pero que percibe salarios muy inferiores.<\/p>\n<p>En la UPV, las diferencias salariales son evidentes. El PTGAS laboral del grupo C cobra, de media, <strong>263 euros menos<\/strong> que el personal funcionario del mismo grupo. En el grupo A2, la diferencia asciende a <strong>738 euros mensuales<\/strong>, y en el grupo A1 alcanza los <strong>1.442 euros<\/strong>. Incluso cuando al personal laboral se le exige el grado de doctor \u2014un requisito que no se exige al personal funcionario\u2014 la diferencia sigue siendo de <strong>556 euros al mes<\/strong>.<\/p>\n<p>Y eso ocurre a pesar de que la UPV paga por encima de los m\u00ednimos establecidos en el III Convenio Colectivo. Un convenio que STEPV se neg\u00f3 a firmar por considerar que consolidaba la precariedad laboral, mientras que CCOO, UGT y CSIF s\u00ed lo suscribieron junto con el conjunto de universidades p\u00fablicas valencianas.<\/p>\n<p>Ahora, en plena negociaci\u00f3n del IV Convenio Colectivo, las perspectivas para este colectivo no son alentadoras. STEPV es el \u00fanico sindicato que est\u00e1 defendiendo una equiparaci\u00f3n salarial real entre el personal laboral y el personal funcionario que realiza funciones equivalentes.<\/p>\n<p>Las universidades acusan a STEPV de querer acabar con la investigaci\u00f3n. Nada m\u00e1s lejos de la realidad: lo que queremos es acabar con la precariedad.<\/p>\n<h2>La v\u00eda para ser personal funcionario<\/h2>\n<p>Ante esta situaci\u00f3n, muchas personas trabajadoras encuentran como \u00fanica salida presentarse a las oposiciones para acceder a los puestos funcionariales equivalentes.<\/p>\n<p>Por ello, dentro de la negociaci\u00f3n del IV Convenio Colectivo, STEPV ha propuesto que la experiencia adquirida como PTGAS laboral temporal sea valorada, en los baremos de m\u00e9ritos, del mismo modo que la experiencia en las escalas funcionariales con funciones equivalentes.<\/p>\n<p>Sin embargo, en lugar de aceptar esta propuesta, la administraci\u00f3n dirigida por el rector Capilla ha decidido modificar unilateralmente las convocatorias de oposiciones del personal funcionario para excluir expresamente esa experiencia profesional de los m\u00e9ritos valorables.<\/p>\n<p>Para ello ha incorporado el siguiente p\u00e1rrafo:<\/p>\n<blockquote><p>\u00abDado que no se trata de funciones permanentes o estructurales de las administraciones p\u00fablicas, no se valorar\u00e1 la experiencia en trabajos de personal laboral de investigaci\u00f3n no de plantilla, contratado con cargo a proyectos o l\u00edneas de investigaci\u00f3n o servicios cient\u00edfico-t\u00e9cnicos.\u00bb<\/p><\/blockquote>\n<h2>Un hachazo unilateral y sin negociaci\u00f3n<\/h2>\n<p>Este cambio ha sido introducido con nocturnidad, alevos\u00eda y de forma unilateral por la administraci\u00f3n, sin negociaci\u00f3n con la representaci\u00f3n sindical.<\/p>\n<p>La decisi\u00f3n altera de facto las reglas de acceso al empleo p\u00fablico y vulnera la obligaci\u00f3n legal de negociar este tipo de medidas, incumpliendo el art\u00edculo 37 del Estatuto B\u00e1sico del Empleado P\u00fablico (EBEP).<\/p>\n<p>La actuaci\u00f3n de la UPV no solo demuestra una absoluta falta de voluntad negociadora, sino que supone un grave ataque a la negociaci\u00f3n colectiva y a los derechos de las personas trabajadoras.<\/p>\n<p>Por ello, STEPV recurrir\u00e1 todas las convocatorias que incluyan este texto discriminatorio. No vamos a permitir que se vac\u00ede de contenido la negociaci\u00f3n colectiva mediante decisiones unilaterales.<\/p>\n<h2>Generamos millones, nos pagan con desprecio<\/h2>\n<p>Los datos retratan la hipocres\u00eda del Rectorado. En 2025, la UPV ingres\u00f3 cerca de <strong>127 millones de euros<\/strong> por actividades de I+D+i y formaci\u00f3n no reglada, <strong>8,5 millones m\u00e1s que el a\u00f1o anterior<\/strong>.<\/p>\n<p>Estos ingresos, as\u00ed como el prestigio investigador de la Universidad,<strong> no ser\u00edan posibles sin el trabajo diario del PTGAS laboral temporal: un personal altamente cualificado, con experiencia especializada y dif\u00edcilmente sustituible.<\/strong><\/p>\n<p>Sin embargo, quienes contribuyen de manera decisiva al \u00e9xito investigador de la UPV siguen soportando condiciones laborales claramente inferiores.<\/p>\n<h2>Pasa a la acci\u00f3n<\/h2>\n<p>La realidad es clara: la UPV mantiene en la precariedad a un colectivo esencial para el funcionamiento de la investigaci\u00f3n y para el prestigio de la Universitat.<\/p>\n<p>No podemos aceptar que siga existiendo personal de primera y de segunda en las universidades p\u00fablicas.<\/p>\n<h2 style=\"text-align: center;\"><strong>Defiende tus derechos. Lucha con STEPV.<\/strong><\/h2>\n<p><\/p>","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>&nbsp; Cuando hablamos de precariedad en la Universidad, hablamos del PTGAS laboral temporal, (personal de apoyo a la investigaci\u00f3n). Se trata de un colectivo que desempe\u00f1a funciones comparables a las del personal funcionario, pero que percibe salarios muy inferiores. En la UPV, las diferencias salariales son evidentes. 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